Independencia e imparcialidad del Juez Constitucional Chileno. Un análisis desde la Constitución y la Doctrina

Por Manuel Yáñez Espinoza
Investigador Asociado CEIN
Universidad de Talca
El estudio de este trabajo se centra en la figura del Juez Constitucional, que es al fin y al cabo quien integra y concreta con su labor las competencias del Tribunal Constitucional.
Entonces debemos precisar quién es un Juez Constitucional en nuestro ordenamiento jurídico, el profesor Nogueira señala que “es aquel que ejerce jurisdicción constitucional en los ámbitos de la jurisdicción constitucional orgánica, la jurisdicción constitucional de la libertad y en la jurisdicción constitucional transnacional”[1], esta definición señala los ámbitos del ejercicio de la jurisdicción constitucional que ejerce el Juez constitucional, pero excede el caso chileno, el cual no ejerce la jurisdicción constitucional trasnacional, además faltan agregar otros elementos. Al respecto el profesor Colombo define el juez constitucional como “la persona natural que se desempeña como juez de un Tribunal Constitucional. Debe ser plenamente independiente e inamovible”[2]. Complementando los dos conceptos anteriores podemos concluir que en el caso chileno el juez constitucional es aquella persona natural que se desempeña como juez de un Tribunal Constitucional, quien ejerce la jurisdicción constitucional en los ámbitos orgánicos y de la libertad, con plena independencia e imparcialidad, con la finalidad de asegurar la supremacía de la Constitución en el Estado Constitucional Democrático. En tal perspectiva la labor del juez constitucional es concretar aquellos valores, principio y reglas sobre los cuales reposa los cimientos de la convivencia política, quien interpreta lo que la sociedad política no vota, pues lo ha sustraído de las vicisitudes políticas[3] de forma previa por el bien de la misma sociedad. En definitiva es quien a través de su interpretación resuelve los conflictos suscitados sobre aquello que la sociedad determina zanjado, pero que aún así requiere concreción con tal de asegurar la supremacía de la carta fundamental. leer más…
























