Revista de Estudios IUS NOVUM

Archivo de la Categoría 'Debate Alumnos'

Neutralidad en la Red: desafíos presentes y futuros

Neutralidad en la Red

Neutralidad en la Red: desafíos presentes y futuros

Alejandro Clunes
Investigador Asociado CEIN
Universidad Austral (Chile)

I. Nuevas configuraciones

El debate sobre la Neutralidad en la Red ha sufrido importantes modificaciones desde que se ingresara a tramitación legislativa la actual Ley N° 20.453 que consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de Internet.[1] En estos cuatro años la discusión se ha masificado e intensificado en todo el orbe al tiempo que se han dado por superadas otrora temáticas elementales como la gestión de red. En este nuevo escenario es posible apreciar dos cosas:

1.- La neutralidad en la red no tiene un contenido definido ni unívoco: la composición heterogénea del debate pone de manifiesto que en la actualidad sólo es posible sostener que la neutralidad se sustenta sobre un núcleo básico que está compuesto, básicamente, por la no discriminación.

2.- Límites o contornos difusos: esta es una consecuencia directa de la anterior. Particularmente gráfica resulta la discusión en EE.UU. donde la multiplicidad de intereses comprometidos, las particularidades propias del modelo regulatorio y los reveses gubernamentales han ido redefiniendo constantemente la línea regulatoria.[2]

leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (5 votos, promedio: 3,60)
Loading ... Loading ...

Efectos a nivel probatorio de la presunción de inocencia. Estandar de prueba en el proceso penal.

Sebastian Reyes M.
Invesigador Asociado CEIN
Universidad Austral

La doctrina procesal está de acuerdo en que la influencia del Derecho a la presunción de inocencia en el proceso penal hace que la prueba sea el eje de giro de su contenido esencial[1]. De este modo, el derecho a la presunción de inocencia no solo sirve para asignar el onus probandi, sino que además sirve como criterio de decisión del juez al exigir la absolución del acusado cuando la prueba sea insuficiente. Ahora bien, para poder determinar cuando la prueba es insuficiente, o a contrario sensu, cuando el juez puede condenar – debido a que dispone de elementos de juicio que permitan acreditar la comisión del hecho punible y la participación del acusado en el mismo – el legislador debe determinar el umbral de suficiencia de la prueba requerida a través de un estándar de prueba – elemento que se desarrollará en el capítulo siguiente- . Luego, el derecho a la presunción de inocencia requiere que se fije el quantum de la prueba[2], esto es, que la culpabilidad del acusado, por el hecho delictual que se le acusa, ha de quedar probada más allá de toda duda razonable[3].

leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (8 votos, promedio: 2,75)
Loading ... Loading ...

Libertad sindical, derecho de asociación y la Dirección de Bienestar de la Armada: Breve comentario a una sentencia del Tribunal Constitucional

 

Unión de sindicatos operarios (1912)

LIBERTAD SINDICAL, DERECHO DE ASOCIACION Y LA DIRECCION DE BIENESTAR DE LA ARMADA: BREVE COMENTARIO A UNA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.

Por Pablo Llanquilef Durán
Investigador Asociado CEIN.
Universidad de Concepción

I. ASPECTOS GENERALES.

Es evidente que el Derecho trabaja normalmente sobre 2 cuestiones o elementos: el poder y el conflicto. En mayor o en menor medida, el derecho en sus diferentes aristas opera y regula el ejercicio del poder y la forma en que el conflicto debe desarrollarse. Ante dicha afirmación, sin duda el Derecho del Trabajo y más específicamente el Derecho Colectivo del Trabajo, constituye muestra inequívoca de aquello[1]. Los intereses normalmente contrapuestos de trabajadores y empleadores, de trabajadores y empresarios, constituye polvorín único para visualizar como el Estado a través de la norma logra mantener estos intereses a veces contradictorios, unidos.

leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (9 votos, promedio: 4,56)
Loading ... Loading ...

Notas sobre ética profesional, diagnóstico actual y nuevas perspectivas.

Por Luis Guerra
Investigador CEIN
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso

1. Introducción.

En estas notas intento evidenciar los problemas actuales que presenta la aplicación de sanciones éticas y esbozar los posibles alcances de una nueva regulación aplicable a los abogados en Chile. Antes de la dictación del nuevo código sobre la materia y en parte hoy en día, es posible apreciar en líneas muy gruesas que la problemática se asienta, por un lado, en  la imposibilidad de los actuales órganos encargados de aplicar sanciones éticas, de sancionar efectivamente determinadas conductas desdorosas que no encuentran su correlato sancionador en los textos legales vigentes, sumado a la aún escasa institucionalidad de los colegios profesionales. Y por otro, en la cada vez más frecuente incapacidad de ciertos abogados en mantener una conducta ajustada a la moral y a los principios básicos de la ética[1], transformando  su ejercicio en una especie de hedonismo cirenaico, acompañado de  criterios utilitaristas que logran mutar la profesión hacia un instituto capaz de afectar los derechos más íntimos de las personas, los cuales, estos mismos actores han jurado proteger,  esgrimiendo en diversos casos, argumentos irrazonables que justifican atentados éticos[2].

leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (5 votos, promedio: 3,00)
Loading ... Loading ...

Independencia e imparcialidad del Juez Constitucional Chileno. Un análisis desde la Constitución y la Doctrina

Por Manuel Yáñez Espinoza
Investigador Asociado CEIN
Universidad de Talca

 

El estudio de este trabajo se centra en la figura del Juez Constitucional, que es al fin y al cabo quien integra y concreta con su labor las competencias del Tribunal Constitucional.

Entonces debemos precisar quién es un Juez Constitucional en nuestro ordenamiento jurídico, el profesor Nogueira señala que “es aquel que ejerce jurisdicción constitucional en los ámbitos de la jurisdicción constitucional orgánica, la jurisdicción constitucional de la libertad  y en la jurisdicción constitucional transnacional”[1], esta definición señala los ámbitos del ejercicio de la jurisdicción constitucional que ejerce el Juez constitucional, pero excede el caso chileno, el cual no ejerce la jurisdicción constitucional trasnacional, además faltan agregar otros elementos. Al respecto el profesor Colombo define el juez constitucional como “la persona natural que se desempeña como juez de un Tribunal Constitucional. Debe ser plenamente independiente e inamovible”[2]. Complementando los dos conceptos anteriores podemos concluir que en el caso chileno el juez constitucional es aquella persona natural que se desempeña como juez de un Tribunal Constitucional, quien ejerce la jurisdicción constitucional en los ámbitos orgánicos y de la libertad, con plena independencia e imparcialidad, con la finalidad de asegurar la supremacía de la Constitución en el Estado Constitucional Democrático. En tal perspectiva la labor del juez constitucional es concretar aquellos valores, principio y reglas sobre los cuales reposa los cimientos de la convivencia política, quien interpreta lo que la sociedad política no vota, pues lo ha sustraído de las vicisitudes políticas[3] de forma previa por el bien de la misma sociedad. En definitiva es quien a través de su interpretación resuelve los conflictos suscitados sobre aquello que la sociedad determina zanjado, pero que aún así requiere concreción con tal de asegurar la supremacía de la carta fundamental. leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (5 votos, promedio: 2,20)
Loading ... Loading ...

HACIA UNA NUEVA INSTITUCIONALIDAD

Por Benjamin Franzani Garcia
Investigador Asociado CEIN
Universidad de los Andes
 

1. En una anterior publicación por este medio, titulada “el fin del Estado” una de las críticas que se hicieron fue que el artículo no abordaba la construcción teórica del Estado ni su abolición como concepto institucional. Aunque el citado artículo no pretendía otra cosa que desarrollar algunas ideas entorno a la importancia de la finalidad del Estado (y no sobre una posible abolición de éste), aquel comentario bien podría ser un antecedente remoto del actual trabajo.

En efecto, la sociedad occidental ha evolucionado mucho desde la aparición del concepto de Estado alrededor del s. XVI. Y con las actuales corrientes de la globalización, los medios de comunicación de masas y una cada vez más consciente y exigente población, pareciera en los hechos que la estructura clásica del Estado ya no se condice con la realidad. Si bien esto no significa que el Estado haya de desaparecer como concepto, sí hace posible una reflexión sobre su situación actual y las posibles reformas que serían necesarias para que lo jurídico se adapte a los hechos.

Ese es el fin de este trabajo: realizar un primer esbozo en esta materia, un esbozo que no pretende abarcar todo el problema ni encontrar una solución única pues, como se intuirá, aquello excedería por mucho las posibilidades de un artículo de este estilo y requerirá, a su vez, mucho tiempo, quizá años de investigación leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (4 votos, promedio: 1,25)
Loading ... Loading ...

EL PROBLEMA DE LA PARADOJA DE LAS “MULTIPLES INDIVIDUALIDADES LEGALES

Por Álvaro Eduardo Domínguez Montoya
Investigador Asociado CEIN
Universidad de Concepción

1. INTRODUCCION.

La habitual contradicción entre el derecho y la realidad no es más que parte de la esencia misma de esta última, entendida como una cuestión dinámica que contiene en sí la capacidad de su propio movimiento. El derecho como expresión de la realidad y forma reguladora de la misma, necesita adaptarse de manera continua a los requerimientos que ésta impone, ya que de otra forma solo acentúa la natural interacción paradójica de ambas.

El objeto del presente comentario es dar un primer acercamiento a la paradoja de las múltiples “individualidades legales determinadas”, las nuevas formas de organización del capital y el concepto real de empresa como fenómeno determinado por elementos de orden material y organizativo, evidenciando así la necesaria reestructuración de nuestras instituciones, apareciendo la teoría del “levantamiento del velo” como una respuesta a tal conflicto. leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (8 votos, promedio: 3,63)
Loading ... Loading ...

LA BASE NAVAL DE GUANTÁNAMO: UN CASO FLAGRANTE DE VIOLACIÓN AL DERECHO INTERNACIONAL

Por Harold Bertot Triana
Investigador Asociado CEIN
Universidad de la Habana

La Base Naval de Guantánamo, instalada en una zona del territorio y mar de Cuba, constituye desde principios del siglo XX una violación a la soberanía e independencia cubanas y representa una trasgresión al Derecho Internacional. En una posición oficial, el reclamo del Gobierno cubano, desde el triunfo de la Revolución en 1959, se ha sustentado en solemnes principios políticos y jurídicos recogidos en nuestro ordenamiento jurídico y en la legislación de carácter internacional. leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (7 votos, promedio: 3,29)
Loading ... Loading ...

RELACIONES DE VERDAD, JUSTICIA Y PROCESO: ¿Juega un rol la verdad en el proceso civil?

Imagen Artículo.

Por Sebastian Reyes Molina
Investigador Asociado CEIN
Universidad Austral de Chile

I.- Acerca de las relaciones entre Verdad, Justicia y Proceso

Si el proceso se realiza con el fin de resolver controversias con decisiones justas, la justicia de esta decisión es un factor determinante en la misma justicia del proceso. Luego, los factores necesarios para alcanzar ésta justicia de la decisión son tres, a saber, la corrección del procedimiento, la justa interpretación y aplicación de la ley sustancial; y por último, la veracidad de la determinación de los hechos[1].
leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (12 votos, promedio: 1,58)
Loading ... Loading ...

La noción de documento electrónico y el artículo 348 bis del CPC

Imagen Artículo.

Por Alejandro Clunes Muñoz
Investigador Asociado CEIN
Universidad Austral de Chile

I. Concepto de documento y documento electrónico

Conceptualizar al documento no es una tarea sencilla, ya que durante décadas la doctrina ha debatido en torno al tema sin haber logrado arribar a un significado unívoco. Esta incertidumbre se ha concretizado en tres concepciones: una amplia, que concibe al documento como toda cosa mueble que puede ser llevada físicamente a la presencia del juez; una restringida o estricta, circunscrita exclusivamente a la escritura; y una ecléctica o intermedia, que considera al documento como todo objeto material representativo de un hecho de interés para el proceso, siendo importante no la grafía sino la representación. leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (6 votos, promedio: 4,00)
Loading ... Loading ...

SOBRE LAS IMPLICANCIAS DE LA IGNORANCIA POLÍTICA PARA LA DIFICULTAD CONTRAMAYORITARIA

Imagen Artículo.

Por Pablo Mendez Ortiz
Investigador Asociado CEIN
Universidad de Valparaiso

Uno de los principales dilemas que ha debido enfrentar la teoría constitucional durante el último tiempo es el de la “dificultad contramayoritaria”. En pocas palabras, la dificultad contramayoritaria es el problema consistente en cómo una sociedad democrática puede autorizar a los jueces (que no son electos democráticamente y que, por tanto, no responden ante la ciudadanía del contenido de sus actos) para invalidar ciertos cursos de acción política desarrollados por los legisladores (que sí lo son). Por supuesto, la existencia de una dificultad entre ambos descansa en la idea de que las legislaturas reflejan la voluntad de las mayorías electorales. Si se asume la idea de que los legisladores son los representantes de la voz del pueblo, entonces parece claro que hay un problema cada vez que nuestro Tribunal Constitucional se ocupa de las cuestiones constitucionales y resuelve tales cuestiones con la autoridad de poder emitir “la última palabra”.

leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (9 votos, promedio: 4,00)
Loading ... Loading ...

NOTAS CRÍTICAS SOBRE EL PROYECTO DE LEY QUE CREA EL ACUERDO DE VIDA EN PAREJA.

Imagen Artículo.

Por Pablo LLanquilef Durán
Investigador Asociado CEIN
Universidad de Concepción

I. Aspectos Generales

A estas alturas nos es difícil recordar cuantas veces se ha discutido el tema de las uniones civiles, sea orientado hacia el concubinato o hacia la regulación de las uniones entre personas del mismo sexo. Todas esas iniciativas infértiles[1] compartieron un denominador común: eran iniciativas emanadas del Congreso. Y no solo eso. Muchas de ellas eran de paupérrima técnica jurídica y no se molestaban en ocultar el evidente oportunismo político que les motivaba.[2]

El boletín N° 7873-07 que contiene un Proyecto de ley que crea el Acuerdo de Vida en Pareja[3] , rompe con la línea de los proyectos a que aludimos en el párrafo anterior. Es la primera iniciativa “del ejecutivo” en la materia y además, es de las pocas que pareciere lograr un grado de aprobación socio-política suficiente para transformarse en ley. Más sorprendente aún, es el hecho de que el gobierno que presenta esta iniciativa fuere la fuerza político-social que históricamente se ha opuesto a este tipo de regulación. Ello es un antecedente importante, que revela cuan fuerte ha penetrado esta problemática y cuan imprescindible se ha hecho para cualquier movimiento político analizarla seriamente y dar una respuesta a través de la ley, sea que esta cumpla o no a cabalidad con lo que los afectados pretenden o lo que la sociedad quiere, intenciones que no necesariamente concuerdan.

leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (7 votos, promedio: 4,29)
Loading ... Loading ...

EL ESTÁNDAR DE PRUEBA DE LA PROBABILIDAD PREVALENTE EN EL PROCESO CIVIL

Imagen Artículo.

Por Andrés Peña Adasme
Investigador Asociado CEIN
Universidad de Valparaíso

I. Prueba y Verdad en el proceso civil

La noción de estándar de prueba supone la adopción de dos premisas teóricas de carácter previo relativas al proceso civil y a la prueba judicial. La primera premisa teórica postula que la verdad histórica constituye uno de los objetivos institucionales del proceso civil o dicho de otra manera, que el proceso civil debe estar orientado a la búsqueda de la verdad. La segunda postula que la prueba es un fenómeno que no se agota en las normas jurídicas que regulan la actividad probatoria y que por el contrario se proyecta hacia otras áreas del conocimiento humano como la lógica y la epistemología.

leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (5 votos, promedio: 3,80)
Loading ... Loading ...

ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA DECISIÓN DEL T.C. EN EL CASO “POST NATAL”

Imagen Artículo.

Por Sebastian Chandía
Consejero CEIN
Dirección de Investigación

 

Agunas claves para la comprensión de la decisión del tribunal constitucional recaída en el caso “post natal” (causa rol 2025).
leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (2 votos, promedio: 2,50)
Loading ... Loading ...

LA LIBERTAD SINDICAL, EL CONFLICTO DE INTERESES Y SU NEGACION.

Imagen Artículo.

Por Álvaro Eduardo Domínguez Montoya
Investigador Asociado CEIN
Universidad de Concepción

La libertad sindical, qué duda cabe, implica el reconocimiento del conflicto en las relaciones de trabajo, la importancia del diálogo y la necesidad de afinidad entre los diversos intereses sociales. En efecto, en cualquier sistema de derecho colectivo su conformación recae en el conflicto contrapuesto de las expectativas de empresarios y trabajadores y las soluciones propuestas para resolver tales antinomias….
leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (13 votos, promedio: 4,00)
Loading ... Loading ...

PROYECTO DE LEY DE VIDEOJUEGOS: VIOLENCIA, PÁNICO MORAL Y REGULACIÓN

Imagen Artículo.

Por Pablo Méndez Ortiz
Investigador Asociado CEIN
Universidad de Valparaiso

El 20 de abril de 1999, Eric Harris (18) y Dylan Klebold (17), entraron a la Columbine High School en Columbine, Colorado, Estados Unidos, y se embarcaron en una masacre que terminó con 15 personas muertas y 24 compañeros de estudios heridos. Un episodio que quedó registrado como una de las cuatro masacres escolares más violentas en los Estados Unidos.
Después del suceso, la reacción social en los Estados Unidos no se hizo esperar. Se colocó un especial énfasis en la seguridad escolar y el pánico moral se apoderó sobre varios temas como el uso de internet por los jóvenes, el uso farmacéutico de antidepresivos, la cultura de las armas y, por supuesto, los videojuegos. Y no podía ser de otra manera, Harris y Klebold eran asiduos jugadores de Doom y Wolfenstein 3D, dos de los videojuegos violentos más exitosos en aquella época. Desde entonces, la idea central que apoderó el debate público por un tiempo fue que existía una correlación positiva entre la exposición de un niño o joven a los videojuegos violentos y el nivel de agresividad y violencia observado en su comportamiento (Anderson, 2001). Básicamente, si un niño o joven se expone a videojuegos con alto contenido violento tiene altas probabilidades de que su comportamiento experimente cambios: un aumento en la agresividad y una disminución de sus capacidades sociales…
leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (11 votos, promedio: 4,09)
Loading ... Loading ...

REFORMA A LA JUSTICIA MILITAR

Imagen Artículo.

Por Mario Campos Poblete
Investigador Asociado CEIN
Universidad de Talca

La reforma a la justicia castrense ha sido uno de los temas más esperados por la comunidad jurídica nacional, modificación que se tornó en una obligación internacional para el Estado chileno a raíz de la sentencia condenatoria del caso Palamara Iribarne, pronunciada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el año 2005. Sin embargo, fue el pasado año 2010 cuando el tema se hizo insostenible frente a la huelga de hambre de los comuneros mapuches, razón por la cual el gobierno de turno, con fecha 07 de septiembre mediante el Mensaje Presidencial N° 257-358, presentó ante la Cámara de Diputados un proyecto de ley sobre modificación del sistema de justicia militar y que establece un régimen más estricto de sanciones tratándose de delitos contra los miembros de las policías[1] . El citado proyecto dio origen a la Ley N° 20.477, publicada en el Diario Oficial el día 30 de diciembre de 2010, la cual viene a modificar la competencia de los tribunales militares, excluyendo a los civiles de dicha esfera pero dejándolos con una pesada e indeleble carga al momento de trasladarse a la justicia ordinaria.. leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (10 votos, promedio: 4,00)
Loading ... Loading ...

EL FIN DEL ESTADO

Imagen Artículo.

Por Benjamìn Franzani Garcia
Investigador Asociado CEIN
Universidad de Los Andes

La cuestión sobre el fin del Estado es un tema de enorme trascendencia en cualquier teoría constitucional y, sin embargo, muchas veces se la ha dejado a un lado en la vida práctica. Creemos que lograr un mayor entendimiento sobre lo que es y significa el fin del Estado no sería sólo un enriquecimiento para la doctrina, sino que aportaría nuevos horizontes a la práctica jurídica, especialmente en lo que se refiere a la interpretación de las leyes, al contencioso administrativo, al respeto de los derechos humanos y la responsabilidad política. leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (10 votos, promedio: 2,00)
Loading ... Loading ...

ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA REGULACIÓN DE LA TUTELA CAUTELAR DE CARA A LA REFORMA PROCESAL CIVIL

Imagen Artículo.

Por Andrés Peña Adasme
Investigador Asociado CEIN
Universidad de Valparaíso

I. RESUMEN.

Recientemente, a propósito de la investigación necesaria para elaborar mi tesis de grado, he tenido la oportunidad de encontrar una obra jurídica realmente formidable. Me refiero al libro: Medidas Cautelares civiles. Un análisis jurídico-económico, de Francisco Ramos Romeu.[1] El libro corresponde a la publicación de su tesis de doctorado defendida en el año 2005 en la Universidad Autónoma de Barcelona. Este trabajo tiene la particularidad y el mérito de abordar la problemática de las medidas cautelares incorporando, junto al enfoque tradicional,  el enfoque metodológico propio del análisis económico del derecho. Una aproximación como esta resulta bastante inédita en la doctrina procesal, y aún mas, en el ámbito de las medidas cautelares, en donde las investigaciones son fundamentalmente dogmáticas. leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (6 votos, promedio: 3,50)
Loading ... Loading ...

REFLEXIONES SOBRE LA INTEGRACION POLITICA EN LA UNION EUROPEA: ¿UN CALLEJON SIN SALIDA? (*)

bandera_union_europea

Pablo Adrián Llanquilef Durán
Investigador Asociado
Universidad de Concepción

Introducción.

La Unión Europea[1] como fenómeno político[2] es sin duda fuente para diversos análisis. Encontramos en éste contexto numerosas reflexiones, como aquellas que le han calificado de un “enano político” o que “los europeos no puedan caminar solos o tal vez no lo quieren hacer”[3]. Pero querámoslo o no, Europa es y será protagonista de la escena mundial, sea por sus logros sin precedentes en la creación de una entidad única, sea por aquellos defectos que ponen en entre dicho el futuro de ésta creación que es la UE. Determinar cuáles son las deficiencias actuales del proceso de integración política, las causas obvias y no tan obvias de dicho proceso, y las consecuencias que ello significará para el escenario internacional, es sólo un paso, para luego intentar ver soluciones que nos permitan decir cada nueva década “que Europa nunca ha sido tan próspera”. leer más…

PésimoMaloMedianoBuenoExcelente (8 votos, promedio: 4,00)
Loading ... Loading ...