Revista de Estudios IUS NOVUM

Madre es obligada por un tribunal a someter a su hijo a quimioterapia

Menor con leucemia y cáncer testicular. Recurso a favor de R.G.N. (11) fue interpuesto por médico tratante. Progenitora prefiere tratamiento alternativo.

VALDIVIA.- Un recurso de protección interpuesto por la oncóloga tratante, acogido por el Tribunal de Familia local, obliga a Ximena Noa, madre de R.G.N. (11), con leucemia y cáncer testicular, a someterlo a tratamiento de quimioterapia. La mujer prefiere que la enfermedad, diagnosticada el pasado 23 de marzo, sea tratada por médicos naturistas.

A fines de marzo, Ximena Noa, auxiliar de párvulos en Punta Arenas, trasladó a su hijo hasta Valdivia debido a una recaída de leucemia, que el niño padeció en 2005 y que entonces se trató con quimioterapia en el Hospital Clínico de Valdivia. Esta vez se trataba de una inserción testicular del cáncer.

Según explicó el 23 de ese mes, una enfermera le indicó que a su hijo debería extirpársele un testículo y realizarle una biopsia del otro, además de quimioterapia y radiación.

El día 25 el diagnóstico fue oficializado por la doctora Pilar Martínez, quien a petición de la madre dio el alta del niño antes de iniciar el tratamiento.

Como el menor no fue llevado al hospital, y conociendo la doctora Martínez la negativa de la madre a someterlo al tratamiento prescrito, interpuso un recurso de protección ante el Juzgado de Familia de Valdivia.

En él se indica que a la madre “se le informó del diagnóstico, pronóstico y tratamiento”, y su rechazo al tratamiento, “antes tener la opinión de alguien dedicado a la medicina alternativa”.

El documento agrega que “se le explicó que el retraso del tratamiento ensombrece el diagnóstico”, y que podría extender la enfermedad. Debido a ello, el niño debía ser hospitalizado “inmediatamente”, con 100% de posibilidades de fallecer sin tratamiento.

La madre dice no querer ver a su hijo sometido nuevamente a quimioterapia. “Un naturista me dijo que él está sano. Después de la quimio quedó con un problema al corazón”, señaló, y asegura que su hijo “vive feliz”.

“Encuentro injusto lo que hizo la doctora. Dicen que se comunicaron conmigo el día de inicio del tratamiento, y eso no fue así”, afirmó. Anunció que apelará de la sentencia antes de permitir que su hijo sea sometido al tratamiento.

Por NICOLÁS GUTIÉRREZ (el mercurio).

Fuente: El Mercurio, 10 de Abril de 2009.

Foto:  Cristián Cáceres, El Mercurio.

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2 Respuestas to “Madre es obligada por un tribunal a someter a su hijo a quimioterapia”

  1. Cristián Bahamonde G.:

    “Un recurso de protección interpuesto por la oncóloga tratante, acogido por el Tribunal de Familia local”

    Sobre el particular 3 comentarios:

    1.- Hasta donde recuerdo el recurso de protección se interpone ante la Corte de Apelaciones respectiva y no ante los juzgados de familia. Puede que me equivoque y ahora se permita a los juzgados de familia conocer de “recursos de protección”, en tal caso, que alguien me corrija porfavor.

    2.- En este caso podemos evidenciar nuevamente la doctrina nacional en torno al uso del recurso de protección. ¿Donde quedo aquello del “atrás sin golpes” (reestablecer el imperio del derecho)?. ¿Es el recurso de protección la vía adecuada para impugnar una decisión que en principio por ley le corresponde a los padres, respecto de sus hijos?.

    3.- Y por último respecto a la titularidad del menor de edad sobre el derecho a la integridad fisica y del derecho a la vida como derechos fundamentales. ¿El menor no tiene derecho a opinar siquiera sobre los tratamientos medicos que operan sobre su cuerpo?. ¿En que quedo eso de que la constitución asegura A TODAS LAS PERSONAS (que son iguales en dignidad y derechos) los derechos fundamentales que ella consagra?. ¿Habrá que concluir de aquello que los menores de edad no son personas entonces?. ¿Que son los menores de edad, objetos de protección o sujetos de derecho?.

  2. Carlos Riquelme:

    Venía a corregir el texto de El Mercurio, pero veo que llegaron primero. hay dos posibilidades: que se haya interpuesto una medida de protección, en cuyo caso efectivamente los tribunales de familia son competentes; o que se haya interpuesto una acción de protección, pero ante la Corte de Apelaciones de Valdivia.

    Otra cosa que me parece extraña: ¿qué sentido tiene identificar al menor por sus iniciales si van a publicar la foto de él y su madre?

    Por último, a ese “naturista” deberpian meterlo a la cárcel por charlatán.

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